Cambios en las Reglas Antilavado: ¿Qué deben revisar las Donatarias?

Por: Julieta Ramírez Tavera

Fecha: agosto 12, 2026

Cambios en las Reglas Antilavado: ¿Qué deben revisar las Donatarias?

 

El pasado 7 de agosto de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se modifican las Reglas de carácter general a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

 

DOF – Diario Oficial de la Federación

 

Esta actualización es especialmente relevante para las Donatarias Autorizadas, ya que el cumplimiento de las disposiciones en materia de prevención de lavado de dinero forma parte de las obligaciones que deben atender de manera permanente.

 

Más allá de conocer que hubo una modificación normativa, el verdadero reto para las organizaciones consiste en identificar qué cambió, determinar si esos cambios les resultan aplicables y, en su caso, ajustar oportunamente sus procesos, controles y documentación.

 

¿Por qué es importante para las Donatarias?

 

Las organizaciones de la sociedad civil administran recursos destinados al cumplimiento de una causa social y, por ello, deben mantener mecanismos que permitan demostrar la transparencia, trazabilidad y adecuado manejo de sus operaciones. Las modificaciones publicadas hacen necesario que cada Donataria revise, entre otros aspectos:

 

* Sus obligaciones actuales en materia de prevención de lavado de dinero.

* Los procedimientos que utiliza para la identificación y conocimiento de donantes y beneficiarios.

* La documentación que integra y conserva como parte de sus expedientes.

* Sus procesos internos de monitoreo y control de operaciones.

* La correcta integración de la información que pudiera ser necesaria para la presentación de avisos o reportes.

* La participación y responsabilidades del personal encargado del cumplimiento.

* La necesidad de actualizar políticas, procedimientos y controles internos.

 

 

Cumplir no significa solamente presentar avisos

 

Uno de los principales puntos que las Donatarias deben tener presente es que el cumplimiento en materia de PLD no debe entenderse únicamente como la presentación de un aviso.

 

El cumplimiento requiere contar con procesos internos consistentes, evidencia documental y controles que permitan demostrar que la organización conoce y supervisa las operaciones que realiza.

 

Por ello, una modificación a las Reglas de carácter general debe llevar a las organizaciones a preguntarse:

 

¿Nuestros procedimientos actuales siguen siendo suficientes?

¿Nuestros expedientes y controles cumplen con las disposiciones vigentes?

¿Tenemos identificados los cambios que debemos implementar?

Una revisión oportuna puede prevenir riesgos

 

Para una Donataria, atender oportunamente estos cambios no sólo representa una obligación normativa. También es una medida de protección institucional.

 

Contar con procesos adecuados ayuda a fortalecer la transparencia frente a donantes, aliados, beneficiarios y autoridades, además de reducir riesgos derivados de incumplimientos que puedan afectar la operación y el adecuado desarrollo de su objeto social.

 

Por ello, recomendamos a las Donatarias revisar directamente el acuerdo publicado en el DOF, identificar las disposiciones que les resulten aplicables y evaluar si sus procesos actuales requieren modificaciones o actualización.

 

En RAMTAV Contadores consideramos que el cumplimiento debe ser una herramienta para fortalecer a las organizaciones, proteger su misión y permitirles continuar multiplicando causas con transparencia y confianza.

 

La invitación es clara: no se trata solamente de conocer la reforma, sino de entenderla, evaluar su impacto y actuar oportunamente.

 

RAMTAV Contadores | Especialistas en Donatarias y Organizaciones de la Sociedad Civil
Multiplicando causas.